Cómo se aplican las reglas del desempate a los padres divorciados o separados (o a padres que no viven juntos).
Si a un hijo se le trata como el hijo calificado del padre o la madre sin custodia conforme a los requisitos que se describen anteriormente para Hijos de padres divorciados o separados (o padres que no viven juntos) , sólo el padre o la madre sin custodia puede reclamar una exención y el crédito tributario por hijos por dicho hijo.
Sin embargo, sólo el padre o la madre con custodia, puede reclamar el crédito por gastos del cuidado de menores y dependientes o exclusión de los beneficios por cuidado de dependientes y solamente el padre o la madre con custodia puede tratar al hijo como dependiente para el crédito tributario por cobertura de salud.
Además, el padre o la madre sin custodia no puede reclamar al hijo como hijo calificado para el estado civil de cabeza de familia o el crédito por ingreso del trabajo.
Por el contrario, el padre o la madre con custodia u otra persona, si reúne los requisitos, puede reclamar al hijo como hijo calificado para esos dos beneficios. Si el hijo es hijo calificado de más de una persona para estos beneficios tributarios, entonces las reglas del desempate determinan si el padre o la madre con custodia u otra persona, si reúne los requisitos, puede tratar al hijo como hijo calificado.
Ejemplo:
Usted y su hijo de 5 años de edad vivieron todo el año con su madre, quien pagó todos los costos de mantener la vivienda. Su ingreso bruto ajustado es $10,000. El ingreso bruto ajustado de su madre es $25,000. El padre de su hijo no vivió con usted ni con su hijo.
Conforme a los requisitos correspondientes a los hijos de padres divorciados o separados (o padres que no viven juntos), su hijo es tratado como hijo calificado del padre de su hijo, el cual puede reclamar una exención y el crédito tributario por hijos en el caso de dicho hijo.
Por lo tanto, usted no puede reclamar una exención ni el crédito tributario por hijos en el caso de su hijo. Sin embargo, esas reglas NO le permiten al padre de su hijo reclamar a su hijo como hijo calificado para el estado civil de cabeza de familia, el crédito por gastos del cuidado de menores y dependientes, la exclusión de los beneficios por cuidado de dependientes, el crédito por ingreso del trabajo ni el crédito tributario por cobertura de salud.